La Constitución Nacional consagró el Estado Social de Derecho con específicos deberes sociales. Determinó también, la obligación presupuestal de priorizar el Gasto Público Social sobre cualquier otra asignación de gasto y la expresa prohibición de no disminuirlo porcentualmente con relación al año anterior respecto al gasto total. En desarrollo del mandato Constitucional, el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098/06, Art. 41) le impuso al Estado el deber de "Garantizar la asignación de los recursos necesarios para el cumplimiento de las políticas públicas de niñez y adolescencia, en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal para asegurar la prevalencia sus derechos". Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes consagrados en la Constitución Nacional son considerados fundamentales, esto significa que son el mínimo vital que el Estado está obligado a garantizar. Así mismo son considerados prevalentes, lo que significa que deben ser la prioridad de todos los gobernantes, de las familias y de la sociedad en su conjunto. En este contexto, UNICEF que tiene la misión de coadyuvar en la promoción, garantía y restablecimiento de los derechos de la infancia y adolescencia a través de fortalecer la capacidad del país en la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de las políticas públicas de niñez y adolescencia y en fortalecer las capacidades y oportunidades de las niñas, niños y adolescentes para el ejercicio de sus derechos; ha promovido la formalización de una alianza estratégica entre la Universidad del Valle, la Fundación Propal y UNICEF en el marco del convenio vigente con esta última, con el propósito de fortalecer las capacidades y aportar la generación de conocimiento que sea útil para el municipio de Santander de Quilichao.